lunes, diciembre 23, 2024
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Así explicó Freddy Guevara la decisión de la Comisión de Contraloría de cerrar la denuncia de corrupción contra Mauro Libi

La documentación que sobre la averiguación parlamentaria se conoció, hace presumir que esa instancia del ente legislativo obvió su obligación de actuar como organismo de control y se limitó a redactar un informe conforme a los datos suministrados por el investigado, sin que se produjera un cotejo y verificación de la autenticidad de los mismos. Al parecer, tampoco se llevó a cabo ninguna otra actividad indagatoria para establecer la comisión o no de irregularidades. Freddy Guevara niega que haya ocurrido así y nos ofrece su versión de los hechos, mientras Mauro Libi asegura que la investigación demostró la falsedad de las denuncias en su contra.
El informe que la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional en torno a la investigación que llevó a cabo sobre Mauro Libi Crestani, se habría limitado, según todo deja ver, a publicar los documentos que este le entregó y la exposición que le formuló, sin que se produjera por parte del ente parlamentario el cotejo de la documentación recibida con los datos de las fuentes oficiales, ni tampoco se llevaran a cabo otras indagatorias o averiguaciones que permitieran establecer con certeza si el empresario hizo uso indebido o no de los divisas entregadas por la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) —después Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) y hoy extinto— para la compra de alimentos. Esta presunción es negada por el diputado Freddy Guevara, ex-vicepresidente de la Asamblea Nacional y presidente de la referida comisión para la fecha en que la investigación tuvo lugar. Entretanto, el empresario Libi sostiene que quedó fehacientemente demostrada la falsedad de las acusaciones y denunció una campaña de desprestigio en su contra.
Sin embargo, al revisar el expediente elaborado por la comisión legislativa se observa que el mismo consta, en efecto, de algunos de documentos y solvencias, pero no se hace mención en ninguna parte de que tales datos hubieran sido cotejados con las fuentes oficiales para comprobar su autenticidad y veracidad. La revisión de los papeles no ofrece información sobre algún procedimiento o metodología —salvo la comparecencia de Libi— que dejara constancia de diligencias emprendidas para constatar si los señalamientos formulados sobre supuestas irregularidades cometidas por el empresario en desmedro del patrimonio público, eran ciertas o no.
Tal circunstancia toma especial relevancia a raíz de un trabajo de investigación publicado por el portal Armando.info el 1° de diciembre de 2019, en el que se denunció que, supuestamente, “desde comienzos de 2018 se venía tejiendo una trama para otorgar indulgencias a los responsables de los negociados para suministro de importaciones para los combos CLAP. El esquema incluye a varios diputados de oposición, algunos de ellos integrantes de la Comisión de Contraloría del parlamento nacional, en la práctica, la única instancia anticorrupción que opera en Venezuela con autonomía respecto al chavismo gobernante”.
Además, la nota de Armando.Info refiere que algunos diputados diputados opositores a quienes, por cierto, se les expulsó de sus partidos, “conformaron una comisión oficiosa para hacer gestiones informales ante organismos como la Fiscalía de Colombia o el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Como parte de esas gestiones, emitían cartas de buena conducta a favor de los responsables de los negociados en torno a las importaciones para los combos CLAP”[1], desatando esto una ola de acusaciones entre los adversarios del gobierno de Nicolás Maduro.
El anuncio formulado por el presidente de la Asamblea Nacional reconocido como presidente interino de Venezuela por más de 50 países, Juan Guaidó, de aplicar medidas disciplinarias a los parlamentarios implicados y la conformación de una Comisión Especial que investigara los hechos, desencadenó el contrapunteo de inculpaciones. “El primer vicepresidente del Parlamento Edgar Zambrano informó que los miembros de la Comisión Permanente de Contraloría estarán compareciendo de manera voluntaria o a través de citatorios (…) Asimismo, reiteró que la orden del presidente encargado Juan Guaidó es que sea intervenida la Comisión, al tiempo, que aseguró que ‘mientras no se presente el informe de la investigación, la Comisión estará inhabilitada’”[2], se lee en una nota del Diario Las Américas publicada el 4 de diciembre de 2019.
José Brito, uno de los diputados presuntamente implicados en la denuncia del portal informativo y sancionado por Guaidó, acusó a este último de encubrir a Mauro Libi y sus empresas, a los cuales se señalaba de estafar el patrimonio público mediante el uso irregular de las divisas preferenciales otorgadas por el gobierno nacional para la adquisición de alimentos. “El diputado a la Asamblea Nacional, José Brito aseguró este lunes que el presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó encubrió al empresario, Mauro Libi, propietario de la empresa Avelina y señalado de presunta estafa en el Cencoex. Con documento en mano, Brito mostró la carta que aseguró es ‘parecida’ a la entregada a Alex Saab, donde se cierra la investigación contra el empresario Libi”.
La pesquisa periodística refirió que Brito y otros ocho diputados hicieron giras para lavar la reputación del empresario vinculado a Alex Saab, colombiano afiliado al oficialismo, que habría obtenido grandes ganancias a expensas de los recursos del programa alimentario. Agregó que “70 diputados firmaron una carta dirigida a Guaidó en la que piden explicación sobre los recursos manejados este año por la Asamblea Nacional”[3].
Brito también aseguró en una entrevista en el programa “Vladimir a la 1” que transmite Globovisión y que reseñó El Nacional el 3 de diciembre de 2019, “acusó al ex presidente de PDVSA, Rafael Ramírez, de ser el origen de las denuncias en su contra, las cuales están relacionadas con la corrupción. Indicó que es él quien financia al presidente interino de Venezuela, Juan Guaidó, y a Voluntad Popular”. La nota agrega que “Guaidó emitió una carta en la que pidió la detención de las investigaciones contra el empresario Mauro Libi”[4].
Ante estos hechos, desde las filas del gobierno no se perdió la oportunidad de atacar con todas las baterías a la oposición y el ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez, se sumó a las acusaciones y aseguró que Juan Guaidó, supuestamente, al señalar al parlamentario de VP “de extorsionar a empresarios venezolanos desde la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional”, recoge en la misma fecha (3 de diciembre de 2019) otra nota de El Nacional donde el alto funcionario gubernamental refiere que para tal acción Guaidó se habría valido de la que catalogó como “carta de buena conducta” emitida en 2016 en favor de Libi. Se refería Rodríguez a la comunicación que José Brito mostró recientemente cuando se vio señalado en escándalo por el CLAP.
Rodríguez explicó lo que, según él, sería el modus operandi de la operación, indicando que cuando “Guaidó era presidente de la Comisión de Contraloría. Él enviaba a Roberto Marrero o a alguno de sus lugartenientes a hablar con los empresarios venezolanos y les decía: o me das tanto o te investigamos. Recibía la plata y entonces tapaba cualquier investigación”, refiere la publicación señalada[5].
A la comparsa de acusadores se sumó también el diputado por Primero Justicia, Luis Parra —expulsado de su partido y ahora proclamado presidente del parlamento por el oficialismo y un grupo de disidentes de la oposición—, quien “retó al presidente del parlamento, Juan Guaidó a mostrar las ‘pruebas’’ que lo incriminan con estos hechos” de corrupción. “¿Qué dinero manejo yo para que tú digas que yo soy corrupto? (…) Están actuando con premeditación y alevosía para aniquilarnos políticamente”. Instó al presidente del parlamento nacional a hablarle claro al país acerca del curso de la lucha contra el régimen de Nicolás Maduro. “Están en el derecho de señalarme, pero siempre que se me respete el derecho a la defensa y la presunción de inocencia (…) Estoy presto a que se realice la investigación. Tampoco tengo problemas para pedir disculpas. Todos en la vida a veces cometemos excesos”[6], manifestó el parlamentario en reseña del portal Punto de Corte, el 4 de diciembre de 2019.
Desde la Asamblea Nacional se remitió el expediente identificado con el número 1651 correspondiente a la investigación que la Comisión Permanente de Contraloría desarrolló con relación a las denuncias formuladas contra el empresario Mauro Libi y sus empresas, acusadas de supuestamente manejar irregularmente divisas otorgadas por Cadivi, Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) para el momento de la investigación, hoy extinto.
La pieza suministrada por el ente parlamentario incluye documentos varios, tales como comunicaciones del investigado y sus representantes legales con la comisión legislativa y viceversa, así como los documentos con los que Libi daba respuesta a las interrogantes de los diputados investigadores, los cuales sirvieron para llegar a las conclusiones vertidas en el informe final emitido por la subcomisión sectorial encargada de la averiguación.
En dicho informe no se advierte ningún documento con el cual la instancia de la AN haya cotejado la información suministrada por el acusado que permitiera comprobar la veracidad de los datos entregados. Tampoco se da a conocer algún procedimiento de control (entrevistas, interpelaciones, revisión de fuentes y documentos, comparación y confrontación de pruebas) adelantado por la comisión legislativa. Por el contrario, los documentos oficiales presentados por el denunciante fueron rebatidos con los papeles aportados por el denunciado. En pocas palabras, no se habría producido un cruce de información para certificar la autenticidad de la información para llegar a las conclusiones a las que derivó la investigación parlamentaria. Sin embargo, el diputado Guevara sostiene que estos documentos fueron verificados por el equipo de investigación.
Cabe destacar que en marzo del presente año 2019, el gobierno de los Estados Unidos canceló la visa de Mauro Libi, una medida adoptada por la administración norteamericana contra de personas a quienes relaciona con el régimen de Nicolás Maduro. La revocatoria de la visa del empresario estaría enmarcada dentro de la medida gubernamental por la que se le retiró el visado a “77 personas alineadas con el presidente Nicolás Maduro de Venezuela en su campaña continua contra un líder que ha frustrado las entregas de ayuda humanitaria y los agresivos esfuerzos liderados por Estados Unidos para instalar su reemplazo”, según lo refiere una información de The New York Times difundida el 7 de marzo de 2019 que agregó que, «‘En total, se han revocado más de 250 visas’, escribió Kimberly Breier, subsecretaria de Estado, en Twitter, confirmando lo que el vicepresidente Mike Pence había insinuado esta semana. ‘Continuaremos responsabilizando a todo el régimen de Maduro hasta que la democracia y la libertad se restablezcan por completo en #Venezuela’».
Sobre esto también había hablado el representante de la administración de Donald Trump para asuntos de Venezuela, Elliot Abrams, quien en declaraciones que recoge la agencia Reuters el 1º de marzo de 2019, dijo que “Estados Unidos había revocado las visas de ‘docenas más’ de venezolanos, aunque declinó dar más detalles, diciendo que las leyes estadounidenses le impedían discutir detalles sobre visas.‘Continuamos buscando socios cercanos de Maduro, quienes con sus familias tienen visas para los Estados Unidos’»[7].
La visa revocada de Libi
Mauro Libi era portador de una Visa E-2 de inversionista[8] la cual se enteró había perdido el 7 de marzo de 2019 cuando a bordo del avión N154FV (SCEL-MPTO-KOPF) intentaba viajar a Miami, ciudad en la que residía por periodos que alternaba con estadías en Caracas.
Por ello, su itinerario original Chile-Panamá-Estados Unidos se vio alterado y hubo de retornar a Venezuela desde Ciudad de Panamá en un vuelo de Copa Airlines.
Posterior a ese evento, el empresario contrató los servicios de lobby de la empresa Holland & Knight LLP, para hacer las gestiones ante las autoridades estadounidenses la reposición de la visa. El portal ProPublica da cuenta de las gestiones de cabildeo realizadas por la empresa ante la Cámara de Representantes y la Casa Blanca[9].
Por este trabajo Libi pagó USD 80.000.
Freddy Guevara responde
Sobre todo este asunto consultamos al diputado, Freddy Guevara Cortez, quien presidió la Comisión Permanente de Contraloría para la fecha en que se llevó a cabo la investigación del caso y quien en la actualidad se encuentra asilado en la embajada de Chile en Venezuela.
La comunicación entre Venezuela Política y el diputado Guevara se llevó a cabo a través de un cuestionario que se le remitió en el mes de diciembre de 2019, vía correo electrónico y del cual respondió 8 de las 20 preguntas formuladas, en febrero de 2020, no sin dejar de hacer la advertencia de que por su carácter de asilado se ve imposibilitado de otorgar entrevistas, habiendo resultado este un caso excepcional en el que se le autorizó en aras de aclarar la polémica que ha surgido en torno a la investigación que el ente parlamentario realizó sobre el Grupo Libi, “por la naturaleza del caso y porque era un deber mío directo e ineludible”.
— ¿Qué metodología se siguió en el caso de la investigación del empresario Mauro Libi por presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), al otorgar divisas preferenciales?
— El Reglamento de funcionamiento de la Comisión Permanente de Contraloría, vigente para el año 2016 establece en sus artículos 75, 76, 77, 78 y 79, el método y procedimiento a aplicar para el desarrollo de una investigación:
“Inicio del procedimiento.
“Artículo 75. El procedimiento podrá ser iniciado de oficio, por denuncia, o a solicitud de cualquier organismo, funcionario público o particular, siempre que en la misma se acompañen los elementos de prueba o indicios que permitan presumir fundadamente la comisión de un hecho irregular, acto u omisión que comprometa la responsabilidad de un funcionario público.
“Recepción de la documentación.
“Artículo 76. La documentación será recibida por la Unidad de Correspondencia y será remitida a la Coordinación Técnica para su evaluación.
“Evaluación de la Pertinencia de la Denuncia.
“Artículo 77. La Coordinación Técnica deberá pronunciarse sobre la pertinencia o no de la denuncia, mediante informe preliminar con las recomendaciones de rigor, que será remitido a la Secretaría de la Comisión, a efectos de ser considerado por la plenaria en la sesión correspondiente. De resultar pertinente la denuncia o solicitud, en el mismo acto se procederá a designar una subcomisión que se avoque al estudio del caso. De no ser pertinente la denuncia o solicitud, se procederá a notificar al denunciante o solicitante de las resultas de la decisión mediante escrito motivado, con base en el informe emanado de la Coordinación Técnica y aprobado por la plenaria.
“Apertura de la investigación.
“Artículo 78. Una vez aprobada la pertinencia de la denuncia por la plenaria de la comisión y designada la subcomisión que deberá encargarse del estudio del caso, se procederá en un lapso no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir de la asignación de la investigación a la Subcomisión competente, a abrir la averiguación respectiva, se formará un expediente debidamente foliado y mediante auto de apertura motivado, se describirán los hechos imputados, se identificarán los sujetos presuntamente responsables y se indicarán los elementos probatorios y las razones que comprometen presumiblemente su responsabilidad. De dicha apertura se notificará al investigado.
“Sustanciación del expediente.
“Artículo 79. Dentro de un lapso no mayor de sesenta (60) días hábiles, la subcomisión que conozca el caso, procederá a sustanciar el expediente respectivo y a tal fin podrá interpelar al investigado, constituirse en el lugar de la ocurrencia de los hechos, realizar auditorías y fiscalización de documentos, así como tomar declaración al investigado, a los testigos si los hubiere, de considerarse preciso, podrá interrogar al denunciante y en definitiva promoverá y evacuará todas las pruebas inherentes al caso. Este lapso podrá ser prorrogado hasta por igual término, por una sola vez si fuere necesario”.
— ¿Se cotejó la información suministrada por el empresario Mauro Libi con los datos oficiales para verificar la veracidad y autenticidad de la misma?
— La Comisión Permanente de Contraloría, durante la comparecencia del denunciado, solicitó el Registro de Información Fiscal de cada una de las empresas, así como también las solvencias del seguro social, SUNDDE, ministerio del trabajo y otras, comprobantes de liquidación de divisas preferenciales, listados de los proveedores y clientes del Grupo Libi, los cuales fueron recibidos posteriormente en la sede de la Comisión y que pudieron ser verificados por el equipo de investigación.
— ¿Se interpeló a voceros de Cadivi o se solicitó información oficial sobre las divisas preferenciales otorgadas a Mauro Libi?
— Se solicitó y consultó la información oficial pertinente en los registros públicos de Cadivi, Cencoex, SUNDDE, Seguro Social y el registro de información fiscal. La interpelación de funcionarios no se pudo realizar debido a la negativa de comparecencia de los mismos. Sin embargo, los registros públicos oficiales brindaron la información requerida, para constatar los documentos entregados y sustanciar la investigación.
— Con certeza, ¿cuál fue en realidad el monto de dólares preferenciales otorgados a las empresas de Mauro Libi?
— En cuanto a la denuncia sobre el monto de 581 millones de dólares preferenciales asignados al Grupo Libi entre 2004 y 2012 a través de CADIVI y CENCOEX, las pruebas recabadas y evaluadas por la Comisión pudieron determinar que solo se había otorgado 50.410.788,86 dólares para alimentos en el periodo antes señalado.
— ¿Qué diligencias realizó la Comisión de Contraloría —aparte de la interpelación a Mauro Libi— para investigar las presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), al otorgar divisas preferenciales al empresario Mauro Libi?
— Además de la interpelación al ciudadano Libi, la Comisión Permanente de Contraloría recurrió a registros públicos de los entes de administración y otorgamiento de divisas, Seguro Social, Servicio Nacional Integral de Administración Tributaria, y se solicitó información al denunciante y a la Federación de Cámaras Empresariales de Venezuela. (FEDECAMARAS). Todo ello puede ser constatado en los documentos que han sido facilitados al público.
— ¿Qué elementos arrojó esa interpelación a Mauro Libi? No hay mención a las preguntas formuladas al empresario ni a sus respuestas.
— La extensa comparecencia del Sr. Mauro Libi, así como las intervenciones de cada diputado e incluso del denunciante, constan en una grabación íntegra que se encuentra en el expediente.
— ¿A qué razón se debe que el expediente 1651 solo refleje la información suministrada por el empresario Mauro Libi de manera casi literal y no conste en él sobre diligencia alguna llevada a cabo por la Comisión de Contraloría tanto para verificar la veracidad y autenticidad de los datos suministrado por éste, como de cualquier otra iniciativa de investigación que el ente parlamentario haya emprendido para esclarecer los hechos?
— El expediente 1651 de la Comisión no solamente consta de la denuncia en contra del Grupo Libi hecha por el Dip. Julio Montoya, sino también por una denuncia realizada por el Dip. Ismael García y otra por la Dip. Karin Salanova, todas con presuntos hechos relacionados con el otorgamiento de divisas preferenciales por CADIVI/CENCOEX, en ese sentido la Comisión decidió hacer un solo expediente que compilara las denuncias relacionadas con esos hechos, igualmente se hicieron las solicitudes de información para sustanciar el expediente en su conjunto, las cuales no fueron atendidas por las instituciones del Estado en su momento.
— Se acusa a las compañías del grupo Libi de ser empresas de fachada o maletín. ¿Se constató la veracidad o no de estas denuncias? ¿Se verificó que se trate de empresas realmente productivas?
— En cuanto a la denuncia de las empresas de maletín o fantasmas pertenecientes al Grupo Libi, estuvieron señaladas las siguientes empresas: 1. Inversiones 4528; 2. Importadora Millecose; 3. Pro-Imagen de Venezuela C.A.; 4. Distribuidora Pasta Granoro C.A.; 5. Industria y Procesadora de Cereales INPROCECA CA.; 6. Representaciones Orval C.A.
De las cuales, la Comisión pudo verificar que, tal como se refleja en el informe de la subcomisión sectorial, las empresas Inversiones 4528 e Importadora Millecose no forman parte del Grupo Libi como mencionó el denunciante. Por otra parte, las empresas: Pro-Imagen de Venezuela C.A., Distribuidora Pasta Granoro C.A., Industria y Procesadora de Cereales INPROCECA C.A. y Representaciones Orval C.A., efectivamente son parte del Grupo Libi y se pudo constatar, que para el año 2016 poseían domicilio fiscal y solvencias laborales actualizadas.
Por último, el diputado Guevara manifestó su “disposición para responder a cualquier pregunta que surja en el marco de esta investigación, tomando en consideración las limitaciones que tengo por estar bajo protección en la residencia de la embajada de Chile en Caracas para rendir declaraciones públicas”.
Mauro Libi fija su posición
En una carta enviada a esta periodista a través de sus abogados de Holland & Knight, LLP, Mauro Libi Crestani dió a conocer su versión de los hechos en este asunto. La exposición del empresario es respuesta a las preguntas que desde estas páginas se formularon a los miembros de la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional y que fueron publicadas en la cuenta personal de red social Twitter de quien estas líneas suscribe.
Advierte Libi que, aunque el cuestionario no estaba dirigido a su persona, estimó conveniente dar a conocer su posición respecto a los puntos en que las preguntas lo aluden. Las razones de lo llevaron a tomar esta determinación, según refiere, fueron: “Por haberme sometido a ella [a la investigación], por haber comparecido en su día a la plenaria de la Comisión Permanente de Contraloría donde me sometí a todas las cuestiones que los diputados quisieron formularme y por haber presentado todos los elementos de prueba que demostraron la falta de sustento de la denuncia contra mi persona presentada por el diputado Julio Montoya”.
En primer término, Mauro Libi advierte que la Comisión de Contraloría no le expidió una simple “carta de buena conducta”, sino que fue objeto de una investigación.
En tal sentido refiere que al enterarse de la averiguación por presuntas irregularidades en el manejo de divisas preferenciales que en su contra se llevaba a cabo en el seno del citado ente parlamentario a partir de la denuncia presentada por el diputado Montoya el 10 de agosto de 2016, quiso prestar su colaboración en la investigación para aclarar la situación.
Montoya había solicitado que se investigara la “asignación de dólares a empresas fantasmas para la compra de alimentos que no terminan de llegar nunca al país” y al tener conocimiento de ello en fecha 18 de agosto de 2016, remitió una comunicación ante la comisión parlamentaria su voluntad de presentarse ante dicha entidad para someterse a “cualquier escrutinio o investigación en relación con los hechos divulgados, además de poner a la disposición de la Comisión toda la documentación que estimasen pertinente para esclarecer de manera definitiva la verdad de los hechos”. Libi explica que también remitió una copia de esta esta comunicación al diputado Julio Montoya para que estuviera informado de su comparecencia “y para tener la oportunidad de demostrar en presencia del denunciante los hechos y argumentos que probaban la falsedad de su denuncia”.
Precisa que fue citado por la Comisión de Contraloría para el día 5 de octubre de 2016 y advierte que Julio Montoya se presentó en el lugar varias horas después cuando ya se había desarrollado toda la sesión, “en la cual presenté todos los elementos que desvirtuaban su denuncia”.
Indica que la denuncia de Montoya y “la prueba y argumentos” presentados por él (por Libi) fueron remitidos a la Subcomisión Nº 1, para el Control del Gasto Público e Inversión del Ejecutivo Nacional que presidía para ese entonces el diputado Carlos Berrizbeitia, a objeto de que investigara la veracidad de los hechos denunciados. Agrega que en fecha 8 de diciembre de 2016, la Comisión Permanente de Contraloría aprobó el informe de la referida Subcomisión Nº 1 en el cual se recomendaba “cerrar la investigación, por cuanto no se verificó algún acto, hecho u omisión que menoscabe el patrimonio público”.
Manifiesta que en virtud de que para el 7 de agosto de 2017 cuando ya habían transcurrido varios meses, se seguía insistiendo en que aún se le investigaba y pretendían atribuirle “falsamente actividades comerciales relacionadas con el programa CLAP, con el cual no tengo ni he tenido jamás vínculo alguno”, Libi solicitó ante la Comisión Permanente de Contraloría una certificación del estatus de su caso, dado que el expediente Nº 1651 contiene un cúmulo de investigaciones de diversos casos y personas.
Fue por esto —continúa Mauro Libi— que en respuesta a su “legítimo derecho” en fecha 22 de agosto de 2017, la secretaría del mencionado ente parlamentario le expidió una “certificación de lo que constaba fehacientemente en el expediente respectivo, que no era otra cosa que el resultado del procedimiento que en su momento llevó a cabo esa dependencia, esto es, el cierre del caso por cuanto no se verificó algún acto, hecho u omisión que menoscabe el patrimonio público”.
Por otra parte, Mauro Libi asegura que demostró con pruebas y elementos de convicción que ninguna de la empresas a las que el diputado Julio Montoya había hecho referencia en su denuncia, pueden catalogarse como “de maletín”, toda vez que “su existencia es real”, así como por “las cantidades (toneladas) de alimentos efectivamente ingresadas al país” [por dichas empresas], “por el listado de clientes (con plena identificación y RIF, dentro de los cuales se encontraban las principales cadenas de supermercados en todo el territorio nacional) que adquirieron dichos alimentos en su momento (período 2004-2012) y, hasta las últimas inspecciones a las empresas ‘fantasmas’ por parte del SUNDEE, realizadas en fechas muy cercanas a la de la investigación llevada a cabo por la Asamblea Nacional”.
Igualmente, respecto a la denuncia de Montoya, el empresario Mauro Libi subraya que la investigación demostró que el monto de las divisas liquidado efectivamente a sus empresas “no alcanzaron ni el 0,1% de las divisas aprobadas por el estado venezolano (lista web CADIVI) entre 2004 y 2012”. Refiere que al revisar dichos listados se puede comprobar que más de cien empresas recibieron montos en divisas muy superiores a los otorgados a las compañías de su propiedad, “pero estas otras empresas no parecen ser objeto de atención”.
De manera enfática, Mauro Libi asegura que su actividad es netamente empresarial y negó la especie que sugiere su supuesta participación en los eventos ocurridos en el país el 30 de abril de 2019.
“Soy empresario, no político”, sentencia y agrega: “Jamás he estado ni estaré involucrado en actividades que difieren completamente de lo que considero mi mejor desempeño y aporte al país que son el esfuerzo por mantener e incrementar la producción nacional de nuestros productos y la generación de empleo y fuentes de empleo (sic)”.
Mauro Libi acusa ser objeto de una “deplorable campaña de opinión proveniente de personajes vinculados con prácticas intimidatorias” mediante la insistencia de asegurar que aún es objeto de investigaciones por parte de la Comisión de Contraloría de la AN. Ello, alerta, con el objetivo de tergiversar lo ocurrido en dicha instancia legislativa, “lo cual consta fehacientemente tanto en el expediente de la investigación como en las actas y en las grabaciones de las sesiones de la Comisión en las que se trató el caso, todo lo cual se hizo público en su oportunidad”.
Finalmente, Libi Crestani advierte que ha tomado “la decisión irrevocable de no ceder ante las extorsiones y enfrentar las prácticas inescrupulosas de algunos de ocultar —a sabiendas y de mala fe—la verdad de lo ocurrido”.
El comunicado oficial de la AN
Con fecha 4 de diciembre de 2019, Freddy Guevara y el diputado Carlos Berrizbeitia, presidente de la Subcomisión Sectorial para el Control del Gasto Público e Inversión del Ejecutivo Nacional, Entes Descentralizados, Institutos Autónomos y Empresas del Estado para el año 2016, de la Asamblea Nacional, emitieron un comunicado donde con relación a la actuaciones de esa instancia del Poder Legislativo Nacional a raíz de unas investigaciones periodísticas que involucran a la Comisión Permanente de Contraloría de la AN.
Subrayaron Guevara y Berrizbeitia la respuesta inmediata del “gobierno legítimo y la Asamblea Nacional” ante la denuncia formulada que derivó en la separación de los cargos de los diputados involucrados, así como la intervención de la Comisión de Contraloría y la apertura de una investigación con participación de la sociedad civil y de los periodistas involucrados en la publicación original.
Remiten los diputados, anexo al comunicado, la Resolución número 34 del año 2016 que legal y reglamentariamente emitió la Comisión de Contraloría de ese año, la cual cerró el caso del expediente Nº 1651 que versaba sobre las empresas propiedad de Mauro Libi, tras haber concluido una investigación abierta por denuncias sobre el supuesto manejo irregular de divisas preferenciales entre los años 2004 y 2012, por parte del referido ciudadano.
Recuerdan que dicha investigación se llevó a cabo de “puertas abiertas” y con participación de la sociedad civil, medios de comunicación y aportando la debida documentación, los resultados de la misma reposan en el citado expediente Nº 1651 el cual es de acceso público. Agregan que en razón de los últimos acontecimientos, la Asamblea Nacional ha decidido la difusión de los documentos de la investigación.
El comunicado, tal como lo refirió también Guevara en la entrevista, explica la metodología y procedimientos que se siguen en el desarrollo de las investigaciones desarrolladas por la Comisión de Contraloría de acuerdo la norma y, en específico, la relacionada con el citado caso de Mauro Libi y sus empresas. Se refiere que luego de llevar a cabo una evaluación y verificación de los hechos denunciados, se procede a la apertura del correspondiente expediente y se notifica a las partes involucradas. De no haber elementos suficientes, la subcomisión encargada de la investigación informa a la plenaria de la comisión sus conclusiones. En caso contrario, se deberá presentar un informe que exponga que existen elementos que sustentan la denuncia y que comprueban el daño al patrimonio público. Luego de aprobarlo, la comisión deberá enviar dicho informe al pleno de la Asamblea Nacional.
Se indica que “el caso de la denuncia contra las empresas importadoras de alimentos representadas por el ciudadano Mauro Libi, que reposa en el expediente Nº 1651 de la Comisión Permanente de Contraloría, si inició por una denuncia del diputado Julio Montoya en la Sesión Ordinaria Nº 18 de la Comisión, el día 10 de agosto de 2016”, sobre las “presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) al otorgar divisas preferenciales a las empresas importadoras de alimentos representadas por el ciudadano Mauro Libi (…)”.
El comunicado recuerda que Julio Montoya consideró como elementos para abrir la investigación: 1) Empresas fantasmas que constituyen o forman parte del Grupo Libi; 2) Adquisición y/o uso indebido de divisas preferenciales a un grupo de seis empresas; 3) La entrega por parte del gobierno de USD 581 millones entre 2004 y 2012; 4) la no cotización de Seguro Social por parte de las empresas en razón de que no tienen trabajadores.
El comunicado informa que el 18 de agosto de 2016 Mauro Libi Crestani manifestó por escrito su deseo de comparecer ante la comisión con el objeto de conocer el caso y someterse a la investigación.
El 5 de octubre se llevó a cabo dicha comparecencia y Libi Crestani, ante la Comisión Permanente de Contraloría, expuso su posición contra los hechos que se le atribuían y se comprometió a consignar todos los documentos que servían de sustento a sus afirmaciones, los cuales efectivamente presentó posteriormente a través de su representante judicial.
“Seguidamente la subcomisión mencionada procedió a resolver sobre todos y cada uno de los supuestos denunciados, realizando un análisis comparativo y valorativo entre los hechos denunciados, las defensas efectuadas y los soportes o medios probatorios acreditados como sustento a los alegatos presentados. Con base a ello, en noviembre de 2016, presentó su ‘Informe Final’ ante la plenaria de la comisión, con las conclusiones y recomendaciones respectivas, el cual fue votado y aprobado por unanimidad por los diputados presentes”, se lee en el comunicado.
El 7 diciembre de 2016, la Comisión Permanente de Contraloría, luego de analizar el expediente con los actos de investigación desarrollados por la subcomisión, “resolvió que no existían elementos probatorios que determinaran la existencia de irregularidades en el manejo de fondos públicos por parte del investigado durante el periodo 2004-2012 referido en la denuncia. En ese sentido y cumpliendo con el mandato reglamentario, y con la votación unánime de los presentes, se procedió a cerrar la investigación y continuar el curso de las demás averiguaciones que reposan en el expediente, como quedó plasmado en la Resolución Nº 34”.
Advierte el comunicado que dado que toda investigación se circunscribe a unos hechos y tiempos determinados, sus conclusiones sólo pueden referirse a los mismos, y no pueden extenderse ni proyectarse a otros hechos o tiempos pasados o futuros al período 2004-2012, tiempo señalado en la denuncia”.
Agrega que la Comisión Permanente de Contraloría declaró en 2016 la responsabilidad política —máxima sanción del parlamento venezolano— a más de 12 funcionarios del régimen implicados en hechos de corrupción y también remitió una serie de informes en los que estuvieron involucrados particulares y funcionarios del Estado al Ministerio Público, a objeto de que este continuara con la investigación de responsabilidad penal, de acuerdo con sus competencias.
Libi pide a la AN ser escuchado
El 18 de agosto de 2016, Mauro Libi dirigió una comunicación a la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional a objeto de solicitar ser recibido por ese ente parlamentario y allí exponer su caso y someterse a cualquier escrutinio respecto de la denuncia del diputado Julio Montoya en su contra.
La certificación de la comisión sobre Mauro Libi
El 22 de agosto de 2017, la secretaria de la Comisión Permanente de Contraloría, Claudia Malena Tirado Mudara, emitió en nombre del presidente de esa instancia legislativa, Juan Gerardo Guaidó Márquez, una comunicación identificada con el número P/17/08/171 dirigida a los abogados Beatriz Di Totto Blanco y Domingo Salerno, apoderados de Mauro Libi Crestani, en la que se certificaba la conclusión de la investigación en la cual se reseñaba a este último.
Di Totto y Salerno habían solicitado el 7 de agosto de 2017 a la Comisión Permanente de Contraloría la referida certificación, por lo que se hizo constar que el citado ente parlamentario emitió la “resolución número 34, mediante la cual acordó ‘Cerrar la investigación contra el ciudadano Mauro Libi Crestani (…) por cuanto de la documentación que reposa en el expediente no se verificó lesión del Patrimonio Público’”.
En tal sentido, a través de la comunicación se estableció que Libi Cresanti “no forma parte de la investigación seguida con ocasión a la denuncia ‘(…) por presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), al otorgar divisas preferenciales (…)’, contenida en el expediente signado con el Nº 1651”.
La resolución Nº 34 de la Comisión de Contraloría
La Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional emitió la resolución Nº 34 con base a una serie de considerandos entre los que refirió, primero, que al haber denunciado el diputado Julio Montoya en fecha 10 de agosto de 2016, durante un derecho de palabra, las “presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), al otorgar divisas preferenciales a las empresas importadoras de alimentos” de Mauro Libi Crestani.
Segundo, en razón de que la “plenaria de la Comisión Permanente de Contraloría, aprobó abrir la investigación sobre la denuncia, y acumularla al expediente que cursa por irregularidades administrativas en la asignación de divisas por parte del estado, signada con el Nº de expediente 1651, y remitirla a la Subcomisión Sectorial para el Control del Gasto Público e Inversión del Ejecutivo Nacional, Entes Descentralizados, Institutos Autónomos y Empresas del Estado”.
Tercero, dado que en la reunión ordinaria de la Comisión Permanente de Contraloría del 7 de diciembre de 2016, “se aprobó por unanimidad el informe presentado por el diputado Carlos Berrizbeitia, el cual recomienda cerrar la denuncia contra Mauro Libi Crestani (…) por cuanto de la documentación que reposa en el expediente Nº 1651 no se verificó acto, hecho u omisión que menoscabe el patrimonio público por parte de las empresas importadoras de alimentos de Mauro Libi, según consta en el acta Nº 26”.
Resolvió “cerrar la investigación contra el ciudadano Mauro Libi Crestani (…) y continuar el curso de las demás averiguaciones que reposan en el expediente (…) por cuanto (…) no se verificó la afectación del patrimonio público, por lo que los miembros de la subcomisión Sectorial para el Control del Gasto Público e Inversión del Ejecutivo Nacional, Entes Descentralizados, Institutos Autónomos y Empresas del Estado, acordó suscribir el informe” (artículo 1).
Asimismo, “notificar la resolución al Centro de Documentación e Información Técnico Administrativa (UAGE) de la Comisión Permanente de Contraloría, a los fines de dar cumplimiento al resuelto” (artículo 2).
El Expediente 1651
El Expediente número 1651 de la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional fue abierto por una denuncia formulada por el diputado Ismael García sobre Cadivi, Cencoex, PDVSA, Sitme, Corpoelec, la CVG y otros.
La pieza Nº 3 del expediente estaba referida, en específico, a las “presuntas irregularidades cometidas a través de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) al otorgar divisas preferenciales a las empresas importadoras de alimentos representadas por el ciudadano Mauro Libi Crestani titular de la cédula de identidad Nº 9.879.190”.
El denunciante, diputado Julio Montoya solicitó investigar a las supuestas empresas fantasmas que constituyen el Grupo Libi, a saber, Inversiones Pro-Imagen de Venezuela C.A., Distribuidora Pasta Granoro C.A., Importaciones Millecose C.A., Industria Procesadora de Cereales Improceca y Representaciones Orval C.A., relacionadas en forma directa con Mauro Libi, director principal de Banplus.
Igualmente, sobre la adquisición y/o uso indebido de divisas preferenciales a las empresas anteriormente citadas, así como a Inversiones 4528 C.A., la cual era investigada por el Ministerio Público.
Señaló Montoya que las empresas recibieron USD 581 millones a tasa preferencial entre 2004 y 2012. También refirió que estas empresas no pagaban al Seguro Social en razón de no tenían trabajadores.
Se advirtió que Inversiones 4528 e Importadora Millecose no forman parte del Grupo Libi y que el único accionista de la misma es Jhonny Cilli.
Sobre Inversiones 4528 C.A. se determinó que Jhonny Cilli la adquirió de los hermanos González Peña en 2002, quien además es dueño del 100 por ciento de las acciones de Importadora Millecose desde 2005.
Se estableció que Cadivi otorgó entre 2004 y 2012 a las empresas del Grupo Libi USD 180.567.919.538 que al compararla con la cantidad de divisas adquiridas para la compra de alimentos por parte de tres empresas del Grupo Libi que alcanzaron en conjunto USD 50.410.788,86, se advirtió que dicha cantidad alcanzaba al 0,0279 por ciento del presupuesto de divisas aprobado.
Concluyeron los parlamentarios que la cifra denunciada de USD 581 millones, por tanto, no era correcto.
Se indicó que con los USD 50 millones efectivamente otorgados, se adquirieron 93.191,62 toneladas de alimentos por parte de Distribuidora Pasta Granoro C.A., Industria Procesadora de Cereales Improceca y Representaciones Orval C.A., puesto que Pro-Imagen de Venezuela no recibió divisas para adquirir alimentos.
En resumen, en el lapso de 2004 a 2012, Industria Procesadora de Cereales Improceca C.A. recibió USD 3.480.010 para comprar alimentos y USD 3.053.856,23 para adquirir maquinarias; Inversiones Pro-Imagen de Venezuela C.A. recibió USD 89.529.986,63 para comprar electrodomésticos y equipos de sonido; Representaciones Orval C.A. recibió USD 25.996.394,91 para comprar alimentos; Distribuidora Pasta Granoro C.A. recibió USD 20.934.383,95 para adquirir alimentos.
Con relación a la denuncia sobre la no cancelación del seguro Social por parte de las empresas del Grupo Libi por no tener trabajadores, se determinó que estas se encontraban solventes, de acuerdo a la información que ofreció la página web del Ministerio del Poder Popular para al Proceso Social del Trabajo al año 2016.
Se concluyó que las divisas otorgadas a Mauro Libi “fueron destinadas adecuadamente al objeto para el cual fueron requeridas, que efectivamente las empresas del Grupo Libi tienen domicilio legal y solvencia laboral, tal como se comprobó en el recorrido del presente informe. Por tal motivo, en este caso en particular se pudo evidenciar que la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) a la fecha de la investigación denominado Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), cumplió con las funciones establecidas dentro del ámbito de sus competencias con sometimiento a la ley y al derecho, tal como lo dispone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 141”.
Se recomendó cerrar la investigación al no haberse verificado algún acto, hecho u omisión que menoscabe el patrimonio público y se ordenó remitir los resultados del informe a la Unidad de Archivo de Gestión Especial (UAGE) para ser agregado a los expedientes analizados e investigados y a su vez fuera retirado del registro de investigaciones.
Suscribieron el informe de la Subcomisión Sectorial para el Control del Gasto Público e Inversión del Ejecutivo Nacional, Entes Descentralizados, Institutos Autónomos y Empresas del Estado de la Comisión Permanente de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional, Carlos Berrizbeitia (presidente), Robert Alcalá, Ismael García y Adolfo Superlano. Pedro Carreño, del PSUV no firmó.
Más sobre Inversiones 4528 C.A.
Pero la información anterior contrasta con la que recogen otras publicaciones luego de haber realizado trabajos de investigación, entre ellas una aparecida en el portal oficialista Aporrea, el 1º de junio de 2016, en la que entre otros hechos irregulares que han significado el desfalco de las arcas de la nación, se hace mención a la empresa Inversiones 4528 C.A., indicándose que entre el “7 y el 16 agosto de 2014 el Ministerio Público y CENCOEX (organismo que suplantó al extinto CADIVI) publicaron listas con empresas de ‘maletín’ y otras por las divisas preferenciales obtenidas. La fotografía en este punto, nos muestra, una vez limpiados los errores de la información, 212 empresas con irregularidades. Tomamos de entre ellas a Inversiones 4528 como ejemplo para develar la ruta del Desfalco. La elegimos porque con $101.515.959.- es una de las dos empresas de esa lista que más divisas recibió en el año investigado”.
Al alegato citado líneas arriba de que esta empresa es propiedad de Jhonny Cilli y no de Mauro Libi, en Aporrea establecen la conexión entre ambos al referir que Cilli “era también Director General de Importaciones Millecose, que según surge de una sentencia judicial tenía como avalista y pagador principal al empresario Mauro Libi Crestani. Por otro hilo, el del domicilio, se llega a Inversiones Pro Image de Venezuela, cuyos dos únicos accionistas resultaron ser: Libi Crestani en un 90% de las acciones mientras que nuestro conocido Jhonny Cilli era el tenedor del 10% restante. La empresa fija sede en el mismo predio que Inversiones 4528”.
Se apunta el hecho de que “seis de las empresas del Grupo Libi, con diferentes nombre pero el mismo objeto: importar o exportar alimentos y electrodomésticos, y cinco de ellas con el mismo domicilio, aparecen entre 2004 y 2012 aparecen en los registros de CADIVI como receptoras de dólares preferenciales para importación por un total de USD 616.201.163”.
Más adelante, la publicación indica que en Estados Unidos Jhonny Cilli en la Florida “figura como accionista y director de Jhoma Distributor Corp. Entretanto otras 41 empresas más, registradas en el mismo domicilio que la anterior, cuyos nombres sería demasiado extenso enumerar, de las que sin embargo se puede afirmar, luego de revisar los registros correspondientes, que sus Directores Principales tienen alguna relación con Mauro Libi, o bien son familiares directos, hermana o cuñada, padre o hermano, por ejemplo, o bien se cruzan con él como accionistas en esas mismas empresas”.
Como hecho significativo, la publicación destaca que Mauro Libi “era para la época de los hechos que relatamos, Director Principal de Banplus y que en ese banco tenía la función de distribuir el cupo de dólares que el Banco Central de Venezuela le asignaba a la institución para atender a sus clientes y facilitar los negocios”[10].
Lo que dice la ley
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el ordinal 3 del artículo 187 que a la Asamblea Nacional le corresponde “Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos (subrayado nuestro) en el ejercicio de esta función tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca”.
Entretanto el artículo 222 de la CRBV estipula que “La Asamblea Nacional podrá ejercer su función de control mediante los siguientes mecanismos: las interpelaciones, las investigaciones, las preguntas, las autorizaciones y las aprobaciones parlamentarias previstas en esta Constitución y en la ley (subrayado nuestro), y mediante cualquier otro mecanismo que establezcan las leyes y su reglamento. En el ejercicio del control parlamentario, podrán declarar la responsabilidad política de los funcionarios públicos o funcionarias públicas y solicitar al Poder Ciudadano que intente las acciones a que haya lugar para hacer efectiva tal responsabilidad”.
Por su parte el artículo 223 dice que “La Asamblea Nacional o sus comisiones podrán realizar las investigaciones que juzguen convenientes (subrayado nuestro) en las materias de su competencia, de conformidad con el reglamento.
“Todos los funcionarios públicos o funcionarias públicas están obligados u obligadas, bajo las sanciones que establezcan las leyes, a comparecer ante dichas comisiones y a suministrarles las informaciones y documentos que requieran para el cumplimiento de sus funciones.
“Esta obligación comprende también a los particulares (subrayado nuestro), a quienes se les respetarán los derechos y garantías que esta Constitución reconoce”.
El ordinal 3 del artículo 39 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional referido a las comisiones permanentes de la AN define que la “Comisión Permanente de Contraloría: tendrá a su cargo la vigilancia sobre la inversión y utilización de los fondos públicos en todos los sectores y niveles de la Administración Pública, así como sobre la transparencia a que están obligados los entes financieros y públicos con las solas limitaciones que establece la Constitución de la República y la ley”.
El artículo 113 de este mismo instrumento refiere que “La interpelación y la invitación a comparecer tienen por objeto que el pueblo soberano, la Asamblea Nacional o sus comisiones conozcan la opinión, actuaciones e informaciones de un funcionario o funcionaria pública del Poder Nacional, Estadal o Municipal, o de un particular sobre la política de una dependencia en determinada materia, o sobre una cuestión específica. Igualmente podrá referirse a su versión sobre un hecho determinado. La interpelación solamente se referirá a cuestiones relativas al ejercicio de las funciones propias del interpelado o interpelada”.
Fuente: MaiborPetit

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