Bernardo Henao Jaramillo,
Inaudito, por decir lo menos, que bajo el ropaje del mal denominado “proceso de paz total”, quienes han afectado la dignidad y la vida de la población civil de Colombia, llevando muerte y sufrimiento a sus familias, se “paseen” tranquilamente por el territorio dada la protección que les brinda el Estado, con los recursos de las víctimas, mientras éstas tienen que soportar los continuos ataques y desafueros que aquéllos cometen.
Así quedó a la vista de todos con lo ocurrido en Antioquia, el pasado 23 de julio de 2024, cuando en un retén militar se descubrió la presencia de unos cabecillas de disidencias de las Farc que se movilizaban irregular y delictivamente en vehículos de la UNP.
Ya cumplido el operativo se conoció que a quienes allí se transportaban se les incautaron armas, municiones, teléfonos satelitales, más de 4000 dólares y una suma superior a 69 millones de pesos en efectivo, entre otros elementos. Igualmente se supo que la seguridad se les daba a “personajes” como Erlinson Echavarría Escobar y alias “Érika”, quienes opusieron resistencia durante el procedimiento legal adelantado.
También en este operativo en Cisneros, Antioquia, las autoridades capturaron a siete disidentes de las Farc. Entre ellos estaban el peligroso terrorista alias Firu, cabecilla del frente 36 y alias María Alejandra Ojeda. Portaban armas sin permisos y, como se dijo, una importante suma de dinero en efectivo.
Se conoció en el reporte que había un menor en la caravana. Podría tratarse de un delito de reclutamiento de menor.
La Fiscal dejó en libertad a algunos de los capturados, pues, según su interpretación “La suspensión de las órdenes de captura como se dispone en la Resolución 0282 se hace extensiva a las situaciones de flagrancia, (…) en virtud de esa decisión no puede ser capturado” (DFGN No. 00069 de 23 de julio de 2024)
Por supuesto, la posición de la Fiscal General de la Nación generó una gran controversia, no sólo porque la medida adoptada no es de su competencia, sino porque revela la autorización que otorga para delinquir, lo que riñe con la Constitución y las leyes. Con razón la señora madre del Sargento Diego López, asesinado en días anteriores posiblemente por las disidencias de las Farc en Valdivia expresó: “Es que como el Gobierno protege más a los pícaros que a los pobres, entonces desafortunadamente la vida es así. Todos los gobiernos protegen más a los bandidos que a las personas humildes”, sentimiento que comparte el pueblo colombiano que día a día tiene que vivir la creciente inseguridad que se ha desatado en el gobierno del cambio.
La Fiscal no podía levantar las órdenes de captura por sí sola, no solo porque fueron capturados en flagrancia sino porque esas decisiones deben seguir procedimientos legales establecidos. En este caso, las órdenes de captura de tres de los guerrilleros fueron suspendidas temporalmente debido a que esos individuos forman parte de las negociaciones de paz, lo que permitió su liberación.
En la pasada Fiscalía de Francisco Barbosa se argumentó con solidez que no era posible levantar ni suspender las órdenes de captura sin seguir el debido proceso legal, el que no se dio en la actuación de la Fiscal General, insistiendo en que al hacer extensiva esa vía a la flagrancia constituye un tremendo despropósito que llama a la impunidad e invita, en una interpretación exegética, a que continúen delinquiendo, cuando la primera regla que se debe imponer a un gestor de paz es la del total respeto al ordenamiento jurídico.
Fundamentada en esa resolución No. 282 el 23 de julio la Fiscal General le solicitó a la Dirección Especializada contra las organizaciones Criminales, a cargo de la Dra. Gladys Gaviria Giraldo: “sírvase ordenar la libertad de Erlinson Echavarría Escobar, en tanto en virtud de esa decisión no puede ser capturado”, cuando el proceder acorde con la ley que juró cumplir y con lo dispuesto en el artículo 250 de la Constitución Política era el de adoptar las medidas de aseguramiento pertinentes y adelantar las correspondientes investigaciones.
La Fiscal General se conoció que por estos hechos fue denunciada ante la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes porque desconoció que las órdenes de captura son puntuales mandatos judiciales que deben ser respetados y cumplidos hasta que un juez o la autoridad competente decida lo contrario. Expresan los denunciantes: “Como representante del Ministerio Público, la fiscal general tiene el deber constitucional de velar por el interés público y la legalidad. Solicitar la liberación de cabecillas de las Farc capturados en flagrancia contradice este deber, puesto que compromete la efectividad de la acción penal y la seguridad ciudadana”.
Ese perverso ánimo de favorecer a toda costa a los criminales tiene a Colombia en su mayor encrucijada. Son ya muchos años de permisibilidad y ahora seguro intentarán conseguir la ley de punto final a la cual desde ya la sociedad civil está en la obligación moral y ética de oponerse.
Como también tiene que desempeñar un papel de defensa de los militares que ya ante la Jep continúa con el macrocaso 3 para perseguirlos todo lo que sea posible. No es posible que los coloquen como victimarios cuando son los terroristas los que tienen esa calificación.
Estos gravísimos hechos franquean, por otro lado, que la situación en la UNP es realmente alarmante y preocupante porque este suceso no es insular sino que se une a varios más en los que los vehículos que le están asignados se inmovilizan por circunstancias de criminalidad, por ejemplo, transportar en ellos drogas psicotrópicas.
Luego, se está en mora de retirar al doctor Augusto Rodríguez Ballesteros de la dirección de la UNP. En entrevista con la FM Radio terminó por responsabilizar a Darcy Queen y Santiago Ángel a quienes expuso gravemente al señalarles de tener una campaña de desprestigio en contra de la UNP, cuando lo que han hecho es periodismo y jamás esa campaña.
Pildorita: Está por comenzar el proceso electoral en la vecina Venezuela. Se espera que María Corina Machado consiga el restablecimiento de la democracia.