BOGOTÁ.- Dos de los magistrados que investigan en el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia la presunta financiación ilegal de la campaña presidencial del actual presidente colombiano, Gustavo Petro, radicaron ante el organismo una ponencia para debatir si presentan cargos contra el jefe de Estado.
Los magistrados Álvaro Prada y Benjamín Ortiz presentaron un extenso documento que recoge varios meses de investigación tras la que concluyeron que existen argumentos suficientes para determinar que la coalición oficialista Pacto Histórico violó los topes salariales de campaña permitidos por la ley, entre otras irregularidades.
Los magistrados del CNE discutirán la ponencia en los próximos días, informó el medio colombiano Semana.com.
Entre los casos que aparecen en el documento, divulgado por Semana.com, está la presunta omisión de una donación a la campaña realizada por la Federación Colombiana de Educadores (Fecode) que, según los magistrados, no puede ser considerada una fuente de financiación por ser una persona jurídica.
«Finalmente, es dable concluir, tal y como se indicó en el numeral 4.4 de este proveído, en los términos de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 996 de 2005 y lo dispuesto por la Corte Constitucional en Sentencia C-1153 de 2005, que no resulta admisible que las personas jurídicas realicen aportes a las campañas presidenciales, toda vez que tal conducta distorsiona el equilibrio en el régimen democrático, por lo que la contribución efectuada por la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) no era permitida al estar proscrita como fuente de financiación”.
Otro de los casos reportados es el pago a más de 60.000 personas que sirvieron de testigos electorales del Pacto Histórico, que no fueron reportados en el informe de ingresos y egresos de la campaña ante el CNE.
“Por lo antes expuesto, es dable concluir, que (i) materialmente se efectuaron pagos a testigos electorales para la campaña; (ii) que tales hechos económicos no fueron reportados dentro del informe de ingresos y gastos de la campaña, (iii) que no existe un rastro del origen de los recursos trasladados por la empresa Ingenial Media S.A.S. a Matrix Giros y Servicios S.A.S – Su Red; (iv) que la empresa Ingenial Media S.A.S. jurídicamente no podía donar los recursos que invirtió para el pago de testigos electorales por ser una persona jurídica, y (v) que efectivamente le asistía razón al quejoso anónimo cuando expuso, entre otras cosas, que: “(…) El señor Jonathan Ramírez Nieves y el señor Ricardo Roa incumplieron la ley al no reportar las donaciones que se recibieron (…)”.
Asimismo, el documento refiere el pago por el servicio de transporte aéreo de la empresa Sadi. El CNE encontró inconsistencias en la información de los aviones en que fueron transportados Petro y su círculo cercano a varias ciudades del país a lo largo de 2022.
«Lo expuesto permite inferir una presunta alteración de la información contable en relación con los servicios de transporte aéreo, teniendo en cuenta que se pactó un total de 120 horas de vuelo ‘garantizadas’, por lo que no se encuentra justificación sobre la disminución u omisión de reportes sobre la prestación de los servicios causados”, señala la ponencia.
El documento de los magistrados incluye que tampoco estaba permitido que la campaña del actual presidente de Colombia recibiera fondos de la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo (USO), pues «no resulta admisible que las personas jurídicas realicen aportes a las campañas presidenciales al distorsionarse el equilibrio en el régimen democrático; por lo tanto, el aporte efectuado por la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo (USO) no era permisible al estar proscrita tal fuente de financiación”.