viernes, septiembre 20, 2024
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Fallo de la Sala Electoral del TSJ es la convalidación del golpe de Estado

MIAMI.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Venezuela (TSJ), al ratificar el resultado fraudulento que mantiene a Nicolas Maduro en el poder, no solo carece de eficacia, sino que además avala el golpe de Estado que dio aquel con el CNE y que ahora los magistrados avalan al desconocer la soberanía popular en la elección masiva del 28J.

Así analizó el abogado Miguel Ángel Martín, especializado en el área constitucional, la sentencia emitida este 22 de agosto por la Sala Electoral del TSJ afín al régimen, con base al recurso contencioso-electoral que presentó Maduro en busca de la prolongación de su mandato sin que hasta la fecha el CNE haya presentado las actas de votación que habrían dado el triunfo al candidato Edmundo González Urrutia.

El fallo de la Sala, que preside la oficialista Caryslia Rodríguez y fue suscrito por unanimidad, por una parte, certifica “de forma inobjetable” el material electoral peritado, convalidando el fraude, y por la otra, declara el “desacato” de Edmundo González Urrutia al no haber comparecido al TSJ. Y pide la intervención del Ministerio Público que dirige el fiscal al servicio del régimen, Tarek William Saab, a que “determine las responsabilidades”.

Y refiere que actúe en el caso de González y en el caso de las actas presentadas por la oposición unitaria que lidera María Corina Machado, por los delitos de usurpación de funciones, instigación a la desobediencia y delitos informáticos, entre otros, debido “a la zozobra causada en la población” .

Ilegalidades de la Sala Electoral
La Sala Electoral en su fallo actúa fuera de los límites de su competencia que establece la Constitución y la Ley Orgánica del TSJ. Ninguna de estas la faculta a que realice un juicio de auditoría de unas elecciones. Esto no está previsto en el ordenamiento jurídico venezolano”, explica el abogado.

Agrega que en el caso del recurso contencioso electoral presentado por Maduro, hace un mes, “la sala actuó fuera de los límites legales”

De acuerdo con las normas, la instancia judicial-electoral puede conocer de los recursos de control de legalidad de actos formales emitidos durante los procesos electorales, entre los cuales están las presidenciales y otros comicios; además puede revisar la legalidad, dictar amparos y declarar la nulidad de alguna elección. Pero este no fue el caso.

“Las actuaciones de la Sala han sido evidentemente las de usurpar las funciones de la CNE que es el único órgano que debe cumplir con todos los pasos y procesos establecidos en el ordenamiento jurídico en todas sus fases, esto es, antes, durante y después de la votación, que incluye el escrutinio, la totalización, auditorías y finalmente la proclamación”, argumenta Martín.

Y añade: “Nada de eso se cumplió, por lo que estamos ante la prescindencia del órgano electoral que es lo que permite el TSJ actuar con el propósito de validar las ilegalidades del órgano electoral”.

Proceso secreto
Otro aspecto irregular mencionado por Marín es la forma como el TSJ condujo el proceso.

“Fue secreto, se ocultó no solo el contenido del recurso contencioso electoral de Maduro para el que ni siquiera los candidatos y partidos fueron notificados para que acudieran al proceso; además tampoco tuvieron acceso al expediente y menos al escrito, es decir, ellos desconocían el escenario en el que se encontraban en la Sala. Y esto viola cualquier principio de transparencia de un órgano judicial”.

El abogado menciona “otra gravedad” en el proceso de la Sala Electoral. “La actividad probatoria fue secreta, la Sala no solo actuó fuera de su competencia, sino que también estableció un peritaje a través de una especie de auditoria a la que ninguna de las partes fue notificada, ni partidos ni candidatos ni ningún venezolano interesado pudo tener control de esa actividad probatoria. No se pudo revisar ni cuestionar, y eso fue parte del secretismo”.

Marín no tiene duda alguna de que la sentencia del Supremo tiene vicios de inconstitucionalidad. Y abona a su opinión el hecho de que una de las precisiones que el fallo hace es que todas las pruebas quedarán en resguardo del propio TSJ. Quiere decir, que las actas de escrutinio no serán publicitadas.

“Eso es sumamente grave porque eso significa que el ocultamiento de las actas impide que sean las que determinan el resultado verdadero de la elección en Venezuela”.

La sentencia exhorta también al CNE a publicar los resultados en 30 días. “Pero esa publicación será un gráfico que contendrá una numeración que determinó el CNE y el TSJ, y no habrá prueba en la cual se validen esos resultados”.

Arremetida contra la oposición y golpe de Estado
Uno de las consideraciones más graves de la Sala Electoral en su fallo es que declara a Edmundo González Urrutia en desacato, por no atender a la citación del Supremo que extendió a otros candidatos, entre ellos a Maduro.

“La Sala remite al Ministerio Público para que haga valer las acciones pertinentes, dice, y todos sabemos que el desacato ante el TSJ implica una sanción de prisión, lo que podría originar en cualquier momento una medida de encarcelamiento contra González, por no haber comparecido en su momento”, advierte el abogado.

La petición al fiscal, al remitir copia del fallo para que adelante averiguaciones sobre la publicación de las actas que están en poder de la oposición, y que actúe ante el ataque cibernético, es una gravísima extralimitación.

“Esto es criminalizar nuevamente la acción de resistencia ciudadana digna que hacen todos los venezolanos, dentro y fuera del país, y no es más que la consolidación del golpe de Estado de Maduro para mantenerse en el poder e imponer el totalitarismo”.

“Es una sentencia fuera del ordenamiento jurídico sin valor ni eficacia jurídica, es una decisión para avalar el golpe de Estado que dio Maduro con el CNE y ahora los magistrados forman parte de ello y son responsables de la violación de la soberanía popular reflejada en la elección masiva y democrática del 28 de julio”, razonó.

El mundo atento al TSJ
La comunidad internacional tiene el deber de ejercitar acciones de presión sobre Maduro y su régimen totalitario, imponiendo sanciones diplomáticas dentro del marco del derecho internacional, aislando aún más al gobierno y desconocer su legitimidad, afirma Marín..

«Los organismos multilaterales y los los países democráticos deben analizar imponer sanciones económicas, así como el congelamiento de activos y restricciones comerciales, con el objetivo de debilitar al régimen al afectar su capacidad de represión».

«Sanciones dirigidas a líderes clave del gobierno, incluyendo a los magistrados del TSJ y los que realizaron el inédito peritaje en el cual descansa la inconstitucional decisión del Tribunal que convalida la permanencia del poder de Maduro de manera ilegitima; los rectores del CNE y directivos de las empresas cómplices como CANTV y Movilnet, la empresa argentina Ex Clé, que serían cómplices de Maduro, así como las policías y unidades militares que ejecutan la represión violenta al pueblo que reclama de manera pacífica. Estas sanciones serían prohibiciones de viaje internacional, congelamiento de activos que incluyen cuentas bancarias e inmuebles, retiro de visados, aumentando la presión sobre quienes toman las decisiones», agrega el abogado.

Señala que las denuncias y condenas públicas, a través de declaraciones conjuntas, resoluciones en organismos internacionales como la ONU, la OEA o la Unión Europea, y campañas de concienciación, «son necesarias para condenar el autogolpe y generar presión moral, aumentando progresivamente el cerco internacional»

Menciona también a la Corte Penal Internacional (CPI). «En los casos de crímenes graves que ejecuta hoy el régimen de Maduro, la comunidad internacional puede remitir el caso a la CPI para investigar y enjuiciar a los responsables de violaciones graves de derechos humanos, como lo ha venido señalando el Secretario General de la OEA».

Fuente: Diario Las Américas

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