domingo, septiembre 22, 2024
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La permanencia de Maduro en el poder impide que PDVSA sea tenida como víctima de la corrupción y pueda pedir la restitución de lo robado

El daño patrimonial que la corrupción ha causado a Petróleos de Venezuela S.A., al parecer, resulta incuantificable, tanto como imposible resultaría cualquier intento por tratar de que los miles de millones de dólares esquilmados a la petrolera estatal venezolana le sean restituidos, por lo menos ante la justicia de los Estados Unidos donde decenas de casos de este tipo se ventilan en las cortes. Así será, al menos, en tanto el régimen de Nicolás Maduro tenga vigencia. ¿La razón? El precedente que sienta el hecho de que el Departamento de Justicia de EE. UU. estimó que PDVSA no es víctima sino cómplice en la trama de corrupción y lavado de dinero que protagonizaron Francisco Convit Guruceaga, José Vicente Amparan Croquer, Carmelo Antonio Urdaneta Aquí, Abraham Edgardo Ortega, Gustavo Adolfo Hernández Frieri, Hugo Andre Ramalho Gois, Marcelo Federico Gutierrez Acosta y Lara, Mario Enrique Bonilla Vallera. También decisiones en cortes federales servirían de sustento a esta negativa.
  No ser tenida como víctima impide —mientras el chavismo continúe en el poder en Venezuela— que la que otrora fue la principal industria del país y una de las más grandes e importantes del mundo, sea beneficiaria de los fondos incautados por las autoridades de los EE. UU. tal como lo establece el Estatus de Víctima y Restitución.

Tanto el régimen de Nicolás Maduro, como el gobierno interino que encabeza Juan Guaidó han intentado reclamar la restitución de los capitales confiscados a exfuncionarios y contratistas corruptos procesados en las cortes de los EE. UU. Tal es el caso del reclamo de condición víctima solicitado por ambas administraciones ante el juez Gray Miller de la Corte del Distrito Sur de Texas en 2016, cuando procuraban hacerse de los fondos y bien es incautados a Roberto Rincón y Abraham Shiera.

   En los dos casos, bien la solicitud formulada ante la Corte de Texas como la presentada ante el tribunal de la Florida, fueron denegadas y con ello también cualquier otra aspiración de rescatar lo robado a la petrolera.

La posición de la fiscalía
Fue la, para entonces, fiscal para el Distrito Sur de la Florida, Ariana Fajardo Orshán, a través del ex- fiscal auxiliar, Michael B. Nadler, quien mediante una respuesta de su despacho a una moción de PDVSA que reclamaba el estatus de víctima y la restitución ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, solicitó denegar tal condición en razón de que el gobierno consideraba que la estatal petrolera, como organismo estatal, no calificaba como víctima según la CVRA.
Además, la fiscalía acusó la complicidad de PDVSA en los esquemas de soborno y lavado de dinero lo cual le impedía ser tratada como una víctima bajo la Ley de Restitución Obligatoria a las Víctimas (MVRA) y la Ley de Derechos de las Víctimas del Crimen (CVRA).
Igualmente, estimaba la fiscalía, según su interpretación, que PDVSA no tenía derecho a la restitución en virtud de la MVRA por ningún presunto daño que resultara de una conducta que no fue imputada o por presuntos daños no causados directa y próximamente por la conducta delictiva del demandado Abraham Edgardo Ortega.
Bajo estos alegatos, el gobierno de los EE. UU. sostuvo ante el tribunal que no había necesidad de suministrar más información ni de mostrar pruebas, por lo que la solicitud alternativa de PDVSA para una audiencia de restitución también debía ser denegada.
PDVSA, solicitó alternativamente en esa ocasión una “audiencia de restitución”, basada esta en la presunción, errónea a decir de la fiscalía, de que ya se había determinado que la corporación venezolana era una víctima con derecho a restitución. Al respecto el gobierno sostuvo que no era necesario presentar más pruebas para determinar que PDVSA no tenía los derechos de las víctimas porque participó en la conducta corrupta generalizada y porque no puede demostrar un vínculo causal directo y próximo entre la conducta de Ortega y cualquier perjuicio supuestamente sufrido por la empresa.

  Acota el gobierno que las operaciones de PDVSA durante el periodo en que ocurrieron los hechos, ha estado controlada por el Ministerio de Petróleo y la Junta Directiva, designada por el expresidente venezolano Hugo Rafael Chávez Frías y el expresidente Nicolás Maduro.

Para le fecha en que se presentó la respuesta de la fiscalía, las autoridades de los Estados Unidos habían investigado y enjuiciado a varias personas por soborno y lavado de dinero que involucra a PDVSA y sus subsidiarias de propiedad absoluta. Hasta ese momento, se habían anunciado cargos contra 15 contratistas de la estatal petrolera venezolana que pagaron sobornos, 11 funcionarios de dicha empresa que recibieron sobornos y 5 intermediarios. También, 12 contratistas de PDVSA que pagaron sobornos, 8 funcionarios que los recibieron y un intermediario, se habían declarado culpables en relación con las investigaciones en curso de Estados Unidos sobre corrupción en la corporación petrolera de Venezuela.
Sobre Abraham Edgardo Ortega, la fiscalía informó que este acusado en el caso en cuestión, había sido Director Ejecutivo de Planificación Financiera de PDVSA, quien se declaró culpable de una conspiración de lavado de dinero, en la que admitió haber recibido y lavado USD 12 millones en relación con dos esquemas de corrupción separados que ocurrieron en 2012 y entre 2014 y 2015, respectivamente.

PDVSA sin derechos
Aseguraba el gobierno en su escrito, que PDVSA no tenía derecho a los derechos de una víctima en virtud de la CVRA, en razón de que la definición de víctima de dicho instrumento legislativo no incluye a una instrumentalidad estatal de un gobierno extranjero.
Recordó que la CVRA define una «víctima» de un delito como «una persona directa e inmediatamente perjudicada como resultado de la comisión de un delito federal».
En tal sentido, el gobierno apuntó que la jurisprudencia ha establecido que el Congreso de los EE. UU. no incluyó entidades gubernamentales, como ciudades, estados, los Estados Unidos o naciones extranjeras en su definición de “persona”.
Asimismo, el gobierno consideró que cualquier afirmación de que PDVSA debe ser vista simplemente como una corporación y no como una agencia del gobierno venezolano no es convincente a la luz de sus propias declaraciones hechas en el litigio, las conclusiones de hecho de otro tribunal sobre el estado legal de PDVSA y la Corte Suprema análoga. Por tanto, el estatus como agencia de un gobierno extranjero impide que PDVSA buscar el estatus de víctima bajo la CVRA y no tiene derecho a los derechos garantizados a las víctimas de delitos de conformidad con ese estatuto.
Al ser PDVSA cómplice de la conducta ilegal, no tiene a los derechos de víctima, alegó el gobierno.

  Recuerda la fiscalía que los tribunales han negado tres intentos por parte de una entidad estatal de afirmar que fue defraudada por sus empleados y aquellas personas que pagaron sobornos en la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) y enjuiciamientos por lavado de dinero, sosteniendo cada vez que el estado no calificó para la condición de víctima y restitución por su complicidad en los delitos.

En tal sentido, se apunta que otros países, además de EE. UU., han abierto investigaciones y enjuiciamientos por conducta corrupta en PDVSA. También otros empleados de PDVSA han estado implicados en esquemas de soborno y lavado de dinero en los Estados Unidos, entre ellos Abraham Edgardo Ortega y César Rincón, exgerente general de la filial de compras de PDVSA, quienes admitieron su participación en los esquemas.

   El gobierno subrayó que la actividad delictiva en PDVSA ha ocurrido desde los niveles más altos de la gerencia hacia abajo y, como tal, la empresa fue cómplice y no podía ser considerada una víctima.

Finalmente, al no poder comprobar PDVSA que directamente perjudicada por el delito de condena del demandado, que sufrió alguna pérdida pecuniaria o que existe una conexión causal entre la conducta del demandado y la pérdida alegado, su reclamo de reparación bajo la MVRA debía ser denegado.
Fuente: Maibort Petit

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