Asimismo “identifican 8 292 ejecuciones extrajudiciales documentadas desde 2015” y “Más de 12 000 venezolanos arbitrariamente detenidos, encarcelados o sujeto a otras severas privaciones de libertad física desde las elecciones presidenciales de 2013”. Y continua en su conclusión que “Identifican más de 1 300 presos políticos: personas que han sido o aun están detenidas por su oposición al gobierno” e “Identifican un patrón generalizado y sistemático de abuso dirigido a un segmento identificado de la población en Venezuela”.
La Misión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Bolivariana de Venezuela, a la cuadragésimo quinta (45) sesión del Consejo de DDHH de la ONU expuso que las “Autoridades de alto nivel de las fuerzas de seguridad del Estado y servicios de inteligencia, así como autoridades de alto nivel del Gobierno, que ejercen autoridad y control sobre esas fuerzas, adoptaron dichas políticas y contribuyeron a su implementación, lo cual resultó en la comisión de crímenes documentados”.
El informe menciona estos crímenes: “Ejecuciones extrajudiciales en el marco de operaciones de seguridad, privación arbitraria de la vida de personas participando en protestas, detenciones arbitrarias y actos de tortura y otros tratos crueles, incluyendo actos de violencia sexual, en contra de personas que expresaban su desacuerdo con el gobierno o que eran percibidos como opositoras al gobierno, así como desaparecidos tras la operación militar en Barlovento”.
En realidad, “Estas violaciones fueron cometidas como parte de una línea de conducta generalizada y sistemática, y de conformidad con la política de Estado, y que, por esa razón, constituyen crímenes de lesa humanidad”. Así define el documento de la misión de la CDH. Durante el período 45º de sesiones de la CDH de la ONU, 14 de septiembre al 7 de octubre de 2020, debatieron la situación de los derechos humanos en Venezuela y determinaron la aprobación de la Resolución A/HRC/45/L.43/Rev.1, con una condena enérgica a las graves violaciones de derechos humanos en Venezuela y la vigilancia durante dos años por parte del Alto Comisionado de DDHH de CDH de la ONU.
La Resolución A/HRC/45/L.43/Rev.1 fue aprobada por 22 países y en contra 3. Los países que votaron a favor de condenar al régimen de Venezuela chavista, son Latinoamérica: Argentina, Brasil, Chile, Perú y Uruguay. Norte América: Bahamas. Europa: Alemania, Austria, Bulgaria, Checa, Dinamarca, España, Italia, Pises Bajos, Polonia, Eslovaquia, Ucrania; y Asia: Australia, Fiji, Japón, Islas Marshall, Corea Sur. Se abstuvieron países democráticos como la India y México, con otros 20 que son autocracias. En contra de la Resolución estuvo Venezuela, Eritrea y Filipinas.
Por las experiencias de esos jueces pueden construirse un caso para enjuiciar a los autores de los crímenes de lesa humanidad en un tribunal internacional. Este puede ser la Corte Internacional de Justicia (CPJ) y la Corte Penal Internacional (CPI), ambas con sedes en La Haya, Países Bajos. En la CPJ la jurisdicción es por los Estados que forman la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de la ONU y la CPI se formó por el Estatuto de Roma (1998) y ni la ONU ni la OEA tienen capacidad para dirigirles los casos, solo los Estados que la forman y cualquier persona, grupos e instituciones no gubernamentales pueden acusar en esta Corte o sea de oficio por el fiscal de la CPI.
Cuba castrosocialista ha realizado una intensa injerencia, una profunda colonización y un saqueo sin límites de las riquezas de Venezuela; por lo que debe ponerse en evidencia su participación directa en esos crímenes de lesa humanidad durante los juicios internacionales de las CPI y CIJ, para dar justicia a sus víctimas y paz a sus familiares.
Fuente: Diario las Américas