viernes, septiembre 20, 2024
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Trampa no es igual a fraude, acta impugnada no es igual a acta observada

En las últimas horas se viene dando en las redes sociales un debate sobre si las “actas impugnadas” son 461, como dice la ONPE, o si estas son 1,364, como dicen muchos electores.
¿Qué ocurre? Quién dice la verdad y quién miente. Ninguna de las dos partes miente. Porque la ONPE habla de forma técnica y los electores desde la ignorancia del adecuado uso de la terminología técnica.
Lo cierto es que a las 11:00 am del día 8 de junio había 483 ACTAS CON VOTOS IMPUGNADOS y 886 ACTAS OBSERVADAS, que sumadas daban un total de 1,364 ACTAS ENVIADAS AL JNE. Es decir, los votos contenidos en esas 1,364 actas que son alrededor de 314,000 no serán incluidos en el cómputo general de la ONPE sino hasta que el JNE resuelva si se confirma el error o vicio que elimina el acta (y los cientos de votos que contiene).
Este es el quid del asunto. Ya lo veremos más adelante.
Pero antes de continuar es preciso tener claro cómo funciona nuestro modelo electoral, porque sólo conociendo algunos aspectos se puede entender la importancia e impacto que tienen en el resultado final las actas impugnadas, pero principalmente las actas observadas.
El Perú tiene el modelo denominado coloquialmente «el acta mata al voto«, esto quiere decir que lo que ocurre el día de la elección en una determinada mesa electoral se traduce en un acta, que es el único y (supuestamente) fiel testimonio de lo que ocurrió en cada mesa electoral. Sin embargo, no siempre el acta traduce la voluntad popular.
Están por ejemplo los famosos errores, vicios o defectos que puedan contener, que hacen que el acta y, por consiguiente, que la totalidad de los votos de cientos de ciudadanos de esa mesa no se respeten y simplemente se eliminen.
¿O sea que el acta que no es legible o se equivoca en la suma o está manchada o le falta una firma… sale completamente de la elección y no se consideran la totalidad de los votos que contiene? Así es. Así es como funciona. Por eso es importante defender cada acta, con el fin de defender, consecuentemente la voluntad de cientos de personas.
Pues bien, la gente no sabe esto. Si lo supieran no estarían tan tranquilos a la hora de votar y estoy seguro de que habría más participación ciudadana para ser personeros de mesa y asegurarse por sí mismos que el acta esté impecable: a nadie le complace tener que levantarse para ir a votar un domingo, enfrentar el riesgo del Covid 19 y que le eliminen su voto por culpa de otros.
Dicho todo esto, ahora toca preguntarnos quiénes son los que pueden IMPUGNAR y quiénes los que pueden OBSERVAR un acta electoral.
En un post anterior habíamos comentado que las IMPUGNACIONES las hacen los partidos participantes en la elección, a través de sus personeros.
En el caso de las OBSERVACIONES, estas las hace la ONPE, a través de sus empleados encargados de digitar los resultados en el Centro de Cómputo oficial.
Las IMPUGNACIONES son un derecho de los partidos políticos (recordar que siempre es posible abusar de un derecho) y las OBSERVACIONES responden a una atribución o prerrogativa discrecional del organismo electoral (siempre se puede abusar de una atribución estatal).
Como al final de cuentas impugnar significa el ejercicio de un derecho (fundamental, por cierto) no me voy a detener a explicarlo, sino que me voy a concentrarme en la atribución o prerrogativa estatal de OBSERVAR ACTAS ELECTORALES discrecionalmente.
Me explico: quienes determinan qué acta es observada (por error material, ilegibilidad, etc.) son los empleados de la ONPE, encargados de la digitación de los resultados contenidos en las actas electorales en el Centro de Cómputo, a puertas cerradas.
Estos representantes de la ONPE deciden discrecionalmente qué acta es observada y enviada al JNE, y por tanto qué acta electoral queda fuera (por lo menos provisionalmente) fuera del conteo oficial.
En principio, en un sistema electoral democrático y transparente, esto es lo que debería informar la ONPE para que la población sepa quién está detrás de las más de 880 actas observadas, que contienen votos mayoritariamente de Fuerza Popular.
Y esto es de vital importancia en el actual contexto pues ya se están viendo casos donde la ilegibilidades cuestionadas no son tales , produciendo una distorsión del resultado general en una elección tan ajustada como esta en la que el vencedor probablemente gane con un margen muy reducido.
Además, otro aspecto importante es que la ONPE explique por qué en el Perú, si el promedio de actas observadas por la ONPE en los lugares que ha ganado Keiko es del 2% (Lima, Piura, Ica, Loreto, etc.), en los lugares donde gana Castillo, el promedio es del 0.5% (Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Moquegua, Pasco, Puno, etc.).
Y debería explicar por qué de 1672 actas llegadas desde el extranjero, han sido observadas por la ONPE, en su Centro de Cómputo, un total de 167; es decir, el 10% de las actas. Este porcentaje es altísimo y se aleja completamente del promedio nacional.
Y es importante, además, que la ONPE explique todo esto porque OBSERVAR ACTAS ELECTORALES, por un lado, retrasan el resultado final, y, por otro, reconducen la voluntad popular a la decisión que tome el JNE sobre esas actas, en última instancia.
Ante esta situación de incertidumbre generada en gran medida por la desinformación (omisión de informar debidamente por parte de la ONPE), es natural que muchos estemos inconformes con el proceder de la autoridad electoral, y que lo manifestemos de la forma en que podamos. Algunos, ciertamente, desde un conocimiento parcial de las reglas de juego y el modelo de nuestras elecciones, pero todos con el simple ánimo de entender qué es lo que está pasando.
Por tanto, la ONPE Oficina Nacional de Procesos Electorales – Perú no puede responder con lenguaje y ritualismo técnicos ante el justo reclamo de la población. Su misión es la de administrar un proceso electoral transparente y para ello es fundamental que la población esté suficiente informada sobre el modelo que se emplea y las actividades/responsabilidades de cada uno de los actores.
La ONPE ha generado esta discusión al no haber comunicado debidamente las reglas de juego, desde una política transparente de comunicación social (habiendo tenido el presupuesto y las capacidades para hacerlo) y lejos de aclarar debidamente el justo reclamo ciudadano, le pone más leña al fuego evadiendo las críticas y simplemente calificando de falso lo que no es falso, sino impreciso.
La responsabilidad de la ONPE en estos momentos es la de haber generado un falso dilema que consiste en enfrentar posiciones que en el fondo no son contradictorias, pues lo real es que (hasta el momento) existen 1364 actas electorales que han sido derivadas al JNE y que, consecuentemente no han entrado al conteo oficial generando retraso en la entrega del resultado final e incertidumbre en la población.
Como siempre, invoco a la tranquilidad y a la calma. Al final, me parece que va a ser muy difícil, sino imposible, torcer la voluntad popular emanada del voto de cada uno de los peruanos que fuimos a votar el último domingo. ¡Viva la Democracia! Viva el Perú.
Fuente: Diario las Américas
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