lunes, julio 1, 2024
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Venezuela: Ley anti ONG, un retroceso cívico

CARACAS.- A menos de dos meses de la elección presidencial prevista para el 28 de julio el régimen de Nicolás Maduro continúa avanzando en la discusión y aprobación de instrumentos legales que le permitan controlar -e incluso evitar- el trabajo de las organizaciones no gubernamentales que defienden derechos humanos y políticos en el país, además de limitar significativamente el derecho a la asociación de cualquier grupo de ciudadanos.

El 21 de mayo la Asamblea Nacional -dominada ampliamente por diputados afectos al gobierno de Maduro- comenzó la aprobación definitiva de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro, legislación definida por defensores de derechos humanos como la Ley Anti-sociedad.

Este instrumento legal fue aprobado en primera discusión en enero de 2023. A partir de ese momento el gobierno de Maduro paralizó su discusión a raíz de las críticas internacionales en contra del contenido de la legislación hasta que el pasado 20 de mayo de 2024 el número dos del régimen venezolano, Diosdado Cabello, anunció que se retomaría la discusión y aprobación de la legislación que le concede facultades al gobierno de Maduro de abrir procedimientos administrativos contra organizaciones no gubernamentales que pueden acarrear desde la suspensión de sus actividades hasta su disolución.

ONG incómodas
Alí Daniels, director de la organización Acceso a la Justicia, sostiene que “el Estado no quiere organizaciones no gubernamentales que velen por los derechos humanos, que denuncien en la Corte Penal Internacional, no quiere ONG incómodas”

No obstante, la mayoría de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) hace énfasis en la necesidad de regular el financiamiento internacional que reciben las organizaciones sociales en el país.

Por ejemplo, Cabello insiste que, al menos, 62 organizaciones no gubernamentales en Venezuela reciben recursos para inyectarlos a partidos políticos y costear actividades terroristas contra el país. Hay que legislar para frenar esta actividad”.

No obstante, Daniels explica que, aunque “la excusa de la ley es el tema del financiamiento, sobre este tema sólo hay tres artículos y son más de 30, entonces a cuenta de qué tienes el resto de los artículos. El peligro es que esta ley vaya a ser utilizada con fines de persecución y sanción de las organizaciones, porque primero establece la regla de que las que ya están constituidas tienen que hacer el registro otra vez y a partir de allí el gobierno puede pedir requisitos y legalizar sólo aquellas organizaciones que considere menos molestas”.

En el análisis de los expertos legales de Acceso a la Justicia sobre el contenido de la Ley Anti-sociedad que aún se discute en el Parlamento venezolano, se indica que la legislación se puede resumir de la siguiente manera: “Para ejercer y defender derechos, el camino largo; para reprimirlos y anular organizaciones el corto”

Sostienen que de las 41 disposiciones que contiene el proyecto, “14 son de contenido sancionatorio, sea porque establecen penas, sea porque se refieren a supuestos de hecho a ser sancionados (…) 34 % del proyecto tenga un contenido punitivo, siendo además muy pocas las normas que contienen reconocimiento de derechos o beneficios para las organizaciones. Esto pone de manifiesto el objetivo real del proyecto, cuyo mayor peso está en el establecimiento de obligaciones para las organizaciones de la sociedad civil y hechos a sancionar que en facilitar y garantizar la libertad de asociación”.

En relación con la prohibición de registrar y permitir que operen en el país organizaciones “fascistas”, Acceso a la Justicia hace la siguiente advertencia: “En principio, estamos, de acuerdo con que no se permita la constitución de organizaciones fascistas, así como de cualquier otro tipo de asociación que fomente el autoritarismo, la discriminación racial o justifique la violencia, pero en el contexto actual esto es sumamente peligroso en la medida en que en el proyecto de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y otras Expresiones Similares se considera como tales a conceptos que no se corresponden con el mismo, pues se hace alusión a que son fascistas quienes tengan ideas moralmente conservadoras, así como quienes tengan ideas neoliberales y a quienes denigren de la democracia y las instituciones, con una vaguedad tan grande que enormes capas de la población del país pueden quedar sujetas a persecución por causa de esa ley si llegara a aprobarse”.

En este sentido, desde Acceso a la Justicia se cree que “la inclusión de este artículo puede dar pie a la disolución de una organización solo por criticar al Gobierno o pregonar, por ejemplo, ideas liberales”.

Retroceso cívico
Rafael Uzcátegui, director del Laboratorio de Paz, sostiene que la ley para normar las ONG puede tener el 98% de palabras políticamente correctas, pero bastará la interpretación arbitraria y unilateral del 2% restante –como ha ocurrido, por ejemplo, con la “Ley contra el odio”- para que signifique lo que es: Un retroceso mayor del espacio cívico en el país.

Según Uzcátegui ese 2% se refiere a la obligatoriedad de un nuevo registro de todas las organizaciones creadas antes de la ley, independientemente de su trayectoria. Para este registro deben “ajustar sus estatutos sociales” a lo previsto en la nueva norma, incluyendo la obligatoriedad de presentar “balances contables, estados financieros y libros que de conformidad con la legislación deban mantenerse y relación de donaciones recibidas con plena identificación de los donantes, indicando si son nacionales o extranjeros, accidentales o permanentes. En caso de incumplimiento, se “dará lugar a la nulidad del registro de la organización”.

Según Uzcátegui, esta ley “significará el tiro de gracia para el ejercicio del derecho a la libertad de reunión y asociación en Venezuela”.

Fuente: Diario Las Américas

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